Baja directa de un crédito incobrable

Operación

Un cliente que debe 3.025,00 € por mercaderías vendidas a crédito este año (2.500,00 € más un 21 % de IVA) ha quebrado y el crédito es definitivamente incobrable. Registra la baja.

Supuestos: IVA del 21 %. El crédito nunca se clasificó como de dudoso cobro ni se registró deterioro. La empresa no puede reducir el IVA repercutido en la factura, así que todo el importe adeudado es pérdida.

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