Efectos y préstamos: solucionario

Solucionario: los asientos aceptados con los importes de la ficha, y por qué.

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Marco contable: España (PGC 2007)

  1. Un cliente acepta un efecto por su deuda pendiente

    Un cliente debe a la empresa 4.500,00 € por mercaderías vendidas a crédito el mes pasado. Para saldar la factura, el cliente acepta una letra de cambio girada por la empresa por todo el importe, con vencimiento a 90 días.

    Supuestos: La letra no devenga intereses. La empresa la conserva en cartera hasta el vencimiento.

    CuentaDebeHaber
    431 Clientes, efectos comerciales a cobrar4.500,00 €
    430 Clientes4.500,00 €

    Por qué

    La deuda queda formalizada en un efecto aceptado: se carga la 431 y se abona la 430 por 4.500,00 €. No hay ingreso; la venta se registró el mes pasado.

  2. Cobro de un efecto con intereses

    Hoy un cliente paga por transferencia la letra de cambio de 9.600,00 € que aceptó hace 4 meses, junto con los intereses del 9 % anual por esos 4 meses, pactados aparte.

    Supuestos: El efecto se recibió y se cobra en el mismo ejercicio: no se ha registrado antes ningún interés. Los intereses se calculan por meses completos: principal × tipo × meses / 12.

    CuentaDebeHaber
    572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros9.888,00 €
    431 Clientes, efectos comerciales a cobrar9.600,00 €
    762 Ingresos de créditos288,00 €

    Por qué

    Los intereses son 9.600,00 € × 9 % × 4/12 = 288,00 €, así que el banco recibe 9.888,00 €. Se abona la 431 por el nominal de la letra y la 762 por los intereses.

  3. Aceptación de un efecto por una deuda con un proveedor

    La empresa debe a un proveedor 6.800,00 € por mercaderías compradas a crédito el mes pasado. En lugar de pagar ahora la factura, acepta una letra de cambio girada por el proveedor por todo el importe, con vencimiento a 60 días.

    Supuestos: La letra no devenga intereses.

    CuentaDebeHaber
    400 Proveedores6.800,00 €
    401 Proveedores, efectos comerciales a pagar6.800,00 €

    Por qué

    La deuda queda formalizada en un efecto aceptado: se carga la 400 y se abona la 401 por 6.800,00 €, como describe la definición de la 401 en el PGC. No hay gasto; la compra se registró el mes pasado.

  4. Pago de un efecto con intereses al vencimiento

    Al vencimiento, la empresa paga por transferencia la letra de cambio de 14.400,00 € que aceptó a un proveedor hace 6 meses, junto con los intereses del 5 % anual por esos 6 meses, pactados aparte.

    Supuestos: El efecto se emitió y se paga en el mismo ejercicio: no se ha registrado antes ningún interés. Los intereses se calculan por meses completos: principal × tipo × meses / 12.

    CuentaDebeHaber
    401 Proveedores, efectos comerciales a pagar14.400,00 €
    662 Intereses de deudas360,00 €
    572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros14.760,00 €

    Por qué

    Los intereses son 14.400,00 € × 5 % × 6/12 = 360,00 €, así que el banco paga 14.760,00 €. Se carga la 401 por el nominal de la letra y la 662 por los intereses; se abona la 572.

  5. Un cliente no paga un efecto (impagado)

    Hoy vence una letra de cambio de un cliente por 8.400,00 €, que la empresa tenía en cartera, y el cliente no la paga.

    Supuestos: La letra no devenga intereses y no se descontó ni se envió al banco en gestión de cobro. La empresa sigue esperando cobrarla; no se tienen en cuenta gastos de protesto ni bancarios.

    CuentaDebeHaber
    4315 Efectos comerciales impagados8.400,00 €
    431 Clientes, efectos comerciales a cobrar8.400,00 €

    Por qué

    El PGC mantiene los efectos impagados en la 431 salvo que sean de dudoso cobro (436): la letra pasa de cartera a la subcuenta 4315 Efectos comerciales impagados, 8.400,00 €. No se cobra nada, así que el banco no interviene.

  6. Préstamo bancario recibido neto de comisión de apertura

    La empresa obtiene un préstamo bancario a tres años de 60.000,00 €, que se devuelve de una vez al final del plazo. El banco cobra una comisión de apertura de 900,00 € y abona hoy el resto en la cuenta corriente de la empresa.

    Supuestos: El préstamo se valora a coste amortizado (norma de registro y valoración 9.ª del PGC): los costes de transacción reducen su importe inicial, y la 170 se abona por el importe recibido menos esos costes.

    CuentaDebeHaber
    572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros59.100,00 €
    170 Deudas a largo plazo con entidades de crédito59.100,00 €

    Por qué

    El banco abona 60.000,00 € − 900,00 € = 59.100,00 €. Con el coste amortizado, el PGC abona la 170 «por el importe recibido, minorado en los costes de la transacción», así que la 572 y la 170 recogen ambas 59.100,00 €; la comisión forma parte del gasto por intereses (662) de los tres años mediante el tipo de interés efectivo.

  7. Pago de una cuota de préstamo: separar intereses y principal

    La empresa paga por transferencia la cuota mensual de 1.500,00 € de su préstamo bancario. Antes de este pago, el principal pendiente era de 48.000,00 €. El banco cobra intereses del 6 % anual sobre el principal pendiente, por un mes; el resto de la cuota amortiza principal.

    Supuestos: No se han periodificado intereses de este mes antes del pago. El principal que vence en los próximos doce meses figura en deudas a corto plazo con entidades de crédito (520).

    CuentaDebeHaber
    520 Deudas a corto plazo con entidades de crédito1.260,00 €
    662 Intereses de deudas240,00 €
    572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros1.500,00 €

    Por qué

    Los intereses de un mes son 48.000,00 € × 6 % / 12 = 240,00 €, gasto en la 662; el resto, 1.500,00 € − 240,00 € = 1.260,00 €, reduce la parte a corto plazo del préstamo en la 520. Se abona la 572 por 1.500,00 €.

  8. Periodificación de intereses de un efecto a pagar al cierre

    Hace unos meses la empresa aceptó a un proveedor una letra de cambio a seis meses por 18.000,00 €. Los intereses, del 7 % anual y pactados aparte, se pagan junto con la letra al vencimiento. A 31 de diciembre han transcurrido 2 meses del plazo. Registra los intereses devengados hasta la fecha.

    Supuestos: Todavía no se ha registrado nada por los intereses. Los intereses se calculan por meses completos: principal × tipo × meses / 12. Los intereses devengados se registran en una cuenta propia de intereses a pagar, no se suman a la letra ni a la cuenta del proveedor.

    CuentaDebeHaber
    662 Intereses de deudas210,00 €
    528 Intereses a corto plazo de deudas210,00 €

    Por qué

    Los intereses devengados son 18.000,00 € × 7 % × 2/12 = 210,00 €. Se carga la 662; los intereses adeudados van a la 528, intereses a corto plazo de deudas distintas de las de entidades de crédito (esas van a la 527). La letra sigue en la 401 por su nominal.

  9. Préstamo en efectivo a un empleado

    La empresa presta 1.200,00 € en efectivo a una empleada. El préstamo no devenga intereses y se descontará de su sueldo en partes iguales durante los próximos 6 meses.

    Supuestos: El préstamo no es un anticipo de sueldo ya devengado.

    CuentaDebeHaber
    544 Créditos a corto plazo al personal1.200,00 €
    570 Caja, euros1.200,00 €

    Por qué

    El PGC lleva los préstamos al personal a la 544 si vencen en el plazo de un año (a la 254 si vencen después; la 460 es solo para anticipos de remuneraciones): se carga la 544 y se abona la 570 por 1.200,00 €. No es un gasto.

  10. Cancelación de un descubierto bancario

    La empresa tiene con su banco una línea de descubierto que funciona como una cuenta de crédito separada. Hoy devuelve los 3.800,00 € dispuestos de esa línea mediante transferencia desde su cuenta corriente ordinaria.

    Supuestos: La línea es una póliza de crédito: el importe dispuesto es una deuda a corto plazo con el banco. Sus intereses ya se han pagado y registrado.

    CuentaDebeHaber
    5201 Deudas a corto plazo por crédito dispuesto3.800,00 €
    572 Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros3.800,00 €

    Por qué

    Lo dispuesto de una póliza de crédito se debe en la 5201 Deudas a corto plazo por crédito dispuesto; al devolverlo se carga la 5201 y se abona la 572 por 3.800,00 €, como dice la definición de la 5201 en el PGC.

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